Acusación Constitucional

Acusación Constitucional en Chile en Chile

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Acusación Constitucional en el Derecho Legislativo

Descripción de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile sobre este término jurídico legislativo: Atribución exclusiva de la Cámara de Diputados que se enmarca dentro de sus facultades de fiscalización de los actos de Gobierno y cuyo objeto es que la Cámara declare si han o no lugar las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen contra el Presidente de la República, los Ministros de Estado, los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia; el Contralor General de la República; los Generales y Almirantes y los Intendentes y Gobernadores. (Art. N° 52, N° 2 de la Constitución Política de la República).

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