Dieta Parlamentaria en Chile en Chile
[aioseo_breadcrumbs]
Dieta Parlamentaria en el Derecho Legislativo
Descripción de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile sobre este término jurídico legislativo: Renta que percibe un parlamentario (Senador o Diputado) y equivale a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a estos correspondan. (Art. N° 62 Constitución Política de la República).