Impuesto Directo en Chile en Chile
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Definción de impuesto (chileno) Directo
Sentido tributario (chileno) de impuesto (chileno) Directo
Son impuestos (chilenos) que se aplican directamente al titular de la renta o riquezas que los paga, de manera que se puede reconocer quién lo pagó y su monto. Dentro de los impuestos (chilenos) directos están aquellos contemplados en la Ley de la Renta, como los impuestos (chilenos) a las utilidades de las empresas o los impuestos (chilenos) personales.
Recursos
Véase también
Significado Tributario-Contable de Impuesto Directo
Definición de Impuesto Directo en el contexto jurídico-tributario: Son impuestos que se aplican directamente al titular de la renta o riquezas que los paga, de manera que se puede reconocer quién lo pagó y su monto. Dentro de los impuestos directos están aquellos contemplados en la Ley de la Renta, como los impuestos a las utilidades de las empresas o los impuestos personales.
Recursos
Véase también
- Derecho Tributario
- Impuestos
- Contabilidad
Bibliografía
- Impuesto Directo en el Diccionario Terminológico Contable
- Impuesto Directo en el Diccionario Tributario
- Código Tributario
Impuesto Directo en Derecho Tributario
La siguiente definición de Impuesto Directo puede utilizarse en Derecho chileno: Cuyo efecto e incidencia se verifican en el propio contribuyente, no existiendo la posibilidad de ser trasladado.