Imputado

Imputado en Chile en Chile

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Concepto de Imputado

Definición de Imputado proporcionada por Roberto Alfredo González Maldonado: Es la persona contra quien se dirige la investigación. En otras palabras, es el sospechoso de ser responsable de la comisión de un delito. Tiene una serie de derechos desde el principio del procedimiento, principalmente el derecho a la defensa.

Concepto de Imputado: Derechos y Garantías

Definición de Imputado: Derechos y Garantías proporcionada por Roberto Alfredo González Maldonado: Todo imputado bajo el Código Procesal Penal, podrá hacer valer, hasta la terminación del proceso, los derechos y garantías que le confieren las leyes. En especial, tendrá derecho a: a) Que se le informe de manera específica y clara acerca de los hechos que se le imputaren y los derechos que le otorgan la Constitución y las leyes. b) Ser asistido por un abogado desde los actos iniciales de la investigación. c) Solicitar de los fiscales diligencias de investigación destinadas a desvirtuar las imputaciones que se le formularen. d) Solicitar directamente al juez que cite a una audiencia, a la cual podrá concurrir con su abogado o sin él, con el fin de prestar declaración sobre los hechos materia de la investigación. e) Solicitar que se active la investigación y conocer su contenido, salvo en los casos en que alguna parte de ella hubiere sido declarada secreta y sólo por el tiempo que esa declaración se prolongare. f) Solicitar el sobreseimiento definitivo de la causa y recurrir contra la resolución que lo rechazare. g) Guardar silencio o, en caso de consentir en prestar declaración, a no hacerlo bajo juramento. h) No ser sometido a tortura ni a otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, e. i) No ser juzgado en ausencia, sin perjuicio de las responsabilidades que para él derivaren de la situación de rebeldía.

Ejemplos de Imputado, Tortura y Doble Criminalidad

El Caso Pinochet

En relación con la extradición, la mayoría de los Estados siguen la regla de la doble criminalidad, es decir, que es una condición de la extradición (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) que el delito del que se acusa al fugitivo sea punible según la ley tanto del Estado que extradita como del Estado al que se extradita; véase, por ejemplo artículo 2(1) del Tratado Modelo de la ONU sobre extradición (véase su concepto jurídico internacional en el derecho anglosajón, en inglés) de 14 de diciembre de 1990: U.N. Doc. A/RES/45/116. Esta norma fue fundamental en la decisión de la Cámara de los Lores británica en el tercer Caso Pinochet (R. vs Bow Street Metropolitain Stipendiary Magistrate, Ex p. Pinochet Ugarte (No. 3) [1999] 2 All ER 97) en el que se determinó que Pinochet podía ser extraditado a España sólo en relación con los delitos de tortura que constituían un delito según la legislación del Reino Unido (véanse más detalles sobre estas cuestiones de derecho internacional). Debido a que los crímenes de los que se le acusaba fueron cometidos en Chile, el Reino Unido tuvo que constituir el delito de tortura llevado a cabo en un Estado extranjero como un delito bajo la ley del Reino Unido, algo que no hicieron hasta el 29 de septiembre de 1988 en virtud de la entrada en vigor del artículo 134 de la Ley de Justicia Penal de 1988. Así pues, aunque se alegaba que Pinochet había estado cometiendo delitos de tortura desde 1973, sólo podía ser procesado por aquellos delitos que se habían producido en un momento en que constituían delitos según las leyes tanto del Reino Unido como de España. Ver más detalles sobre estas cuestiones de derecho internacional. Véase además Barker, International Law and International Relations (2000), capítulo 6. Véase delito extraditable.

Revisor de hechos: N Perri

Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, los ley, el derecho internacional público (su fundamento y ramas), el derecho penal internacional y sus fuentes, los convenios y tratados internacionales, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, las fuentes del derecho internacional (público y privado), el derecho internacional humanitario y sus principios, la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (incluyendo su interpretación), el derecho internacional de los derechos humanos con sus principios, el derecho internacional consuetudinario y la extradición.

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Recursos

Véase También

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