Pérdida Total en Chile en Chile
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Pérdida Total en el Derecho del Seguro
Definición de Pérdida Total en el contexto jurídico-asegurador: Aquella que supone la destrucción completa o la privación irremediable del bien asegurado, o de tal modo que el daño lo hace perder definitivamente la aptitud para el fin a que estaba destinado. Constituirá pérdida total del bien asegurado el siniestro que ocasione un daño de a lo menos tres cuartas partes de su valor.
Recursos
Véase también
- Contrato de Seguro
- Reaseguro
- Coaseguro
- Compañía de Seguros