Abandono de Procedimiento en Chile en Chile
[aioseo_breadcrumbs]
Concepto de Abandono de Procedimiento
Definición de Abandono de Procedimiento proporcionada por Roberto Alfredo González Maldonado: Sanción procesal aplicada al litigante que deja de accionar procesalmente en un proceso civil por un periodo superior a 6 meses o tres años en el caso de los juicios ejecutivos y que conlleva la pérdida del procedimiento ya realizado y la posibilidad de hacerlo valer en un nuevo juicio.