Abogado

Abogado en Chile en Chile

[aioseo_breadcrumbs]

Concepto de Abogado

Definición de Abogado proporcionada por Roberto Alfredo González Maldonado: Profesional del derecho que ha estudiado los años que exige el reglamento de la Universidad respectiva; que ha recibido de ella el grado de Licenciado en Derecho; que ha hecho su práctica profesional conforme a la ley y en tal virtud se le inviste legalmente del título en una solemne ceremonia que realiza la Corte Suprema de Justicia, y se le entrega el documento en que consta tal calidad. Su función en los asuntos de tribunales, es patrocinar y representar a las partes en los procesos judiciales, darles asesoría y mirar por los derechos de su parte buscando ser un eficiente auxiliar de la justicia. Es el único profesional que recibe su título de un órgano del Estado (Corte Suprema) y por la confianza que debe haber entre cliente y el abogado, debe tener una sólida formación ética que proteja a su cliente de las poderosas armas que el abogado maneja. No nos cansaremos nunca de recomendar que los abogados que se contraten, siempre deben ser miembros del Colegio de Abogados de Chile, en cualquiera de sus capítulos regionales o Provinciales, porque de esa manera se garantiza un control ético de la profesión y un control sobre los honorarios que son reglados por el Colegio.

Concepto de Abogado Derechos Procesales

Definición de Abogado Derechos Procesales proporcionada por Roberto Alfredo González Maldonado: Todo abogado tendrá derecho a requerir del funcionario encargado de cualquier lugar de detención o prisión, la confirmación de encontrarse privada de libertad una persona determinada en ese o en otro establecimiento del mismo servicio y que se ubicare en la comuna. En caso afirmativo y con el acuerdo del afectado, el abogado tendrá derecho a conferenciar privadamente con él y, con su consentimiento, a recabar del encargado del establecimiento la información consignada en la letra a) del artículo 94 del Código Procesal Penal. Si fuere requerido, el funcionario encargado deberá extender, en el acto, una constancia de no encontrarse privada de libertad en el establecimiento la persona por la que se hubiere consultado. Artículo 96 del Código Procesal Penal

Concepto de Abogado Sanciones Procesales

Definición de Abogado Sanciones Procesales proporcionada por Roberto Alfredo González Maldonado: De conformidad al Art. 287 del Código Procesal Penal, el abogado que no asistiere al juicio oral a alguna de sus sesiones o abandonare la audiencia injustificadamente, será sancionado con suspensión del ejercicio de la profesión, hasta por dos meses. En idéntica pena incurrirá el defensor o fiscal que abandonare injustificadamente la audiencia que se estuviere desarrollando. El tribunal impondrá la sanción después de escuchar al afectado y recibir la prueba que ofreciere, si la estimare procedente. No constituirá excusa suficiente la circunstancia de tener el abogado otras actividades profesionales que realizar en la misma oportunidad en que se hubiere producido su inasistencia o abandono.

Deja un comentario